Haznos la parte del concurso que no quieres llevar. Solo esa.
Concurso de persona física con exoneración por plan de pagos o con liquidación. Trabajamos por fases y con precio por servicio: encárganos solo el inventario, solo la solicitud, solo el plan de pagos o el expediente entero. La firma, la sala y la dirección técnica son siempre tuyas.
01 ¿Puedo encargar una sola fase?
Sí, y es el uso más habitual. Lo más pedido es el inventario con la lista de acreedores y el diseño del plan de pagos: el trabajo documental que consume horas sin aportar valor jurídico visible al cliente. Tú te quedas con la estrategia, la sala y la relación.
02 ¿Plan de pagos o liquidación? ¿Quién decide?
Decides tú, con nuestro informe de encaje delante. En 48 horas te damos la ruta recomendada, los riesgos de buena fe que detectamos y la estimación de pasivo exonerable en cada escenario. El informe es gratuito y no obliga a seguir con nosotros.
03 ¿Se puede conservar la vivienda de verdad?
Con la exoneración por plan de pagos es posible mantener la vivienda habitual sin liquidarla, siempre que el plan sea realista y se atienda la carga hipotecaria. Es el argumento que convence a tu cliente, y también el que exige más rigor: un plan mal calculado se incumple y pone en riesgo la exoneración.
04 ¿Qué deudas no se exoneran?
Quedan fuera, entre otras, las de alimentos, las derivadas de responsabilidad civil extracontractual y las de multas y sanciones, y el crédito público solo se exonera hasta los límites que fija la ley. Detectar esto en el inventario es crítico: define lo que tu cliente puede esperar de verdad y evita una expectativa imposible de sostener.
05 ¿Y el concurso sin masa?
Es la vía para el deudor sin bienes realizables y permite cerrar en un plazo notablemente más corto, sin administración concursal salvo que algún acreedor la solicite. Requiere acreditar bien la ausencia de masa: si el juzgado no la aprecia, el expediente se reconduce y se pierde tiempo.
06 ¿Vais a captar a mis clientes?
No, y está por escrito: cláusula de no captación, prohibición de venta cruzada, confidencialidad y encargo de tratamiento conforme al RGPD. Trabajamos siempre en marca blanca: no tenemos contacto con tu cliente ni figuramos en el expediente.
07 ¿Quién asume la dirección técnica?
Tu despacho, siempre. Nosotros no comparecemos ni firmamos: aportamos el trabajo técnico y tú lo revisas, lo asumes y lo presentas. Por eso la tarifa es sensiblemente menor que la de un encargo con dirección técnica externa, y por eso tu cliente sigue viéndote a ti como su abogado.
08 ¿Qué documentación necesitáis para empezar?
Vida laboral, últimas nóminas o pensión, declaraciones de IRPF, escrituras y notas registrales si hay inmuebles, y el listado de deudas con lo que el cliente conserve. Si falta información, la reconstruimos con requerimientos a las entidades: la falta de papeles no bloquea el expediente, solo lo retrasa.
09 Tengo un expediente ya iniciado por otro compañero. ¿Lo asumís?
Sí. Revisamos el estado, el inventario presentado y la clasificación de créditos, y te decimos qué conviene subsanar o impugnar. Entrar a mitad de procedimiento es habitual en esta materia y no encarece el trabajo: se factura por las fases que queden, y la dirección del asunto sigue siendo tuya.
10 ¿Cómo empezamos?
Una llamada de veinte minutos, firma del acuerdo de colaboración y te habilitamos el canal de encargos. Mándanos hoy un caso real y recibes el informe de encaje sin coste antes de comprometer nada. Sin alta, sin cuota, sin mínimo y sin exclusividad.
Contacta con nosotros
Rellena este formulario y te ampliaremos la información que necesitas
Llámanos +34 923 00 02 75
Precio por servicio
| Servicio | Honorarios |
|---|---|
Informe de encaje y viabilidad Ruta aplicable, riesgos de buena fe y estimación de exoneración. En 48 horas. |
gratis |
Inventario de bienes y lista de acreedores Clasificación de créditos, cuadre documental y detección de créditos no exonerables. |
290 € |
Memoria de la situación de insolvencia Relato del origen del sobreendeudamiento y acreditación de la buena fe del deudor. |
240 € |
Solicitud de concurso sin masa Expediente completo del deudor sin bienes realizables, con publicación y trámite. |
450 € |
Solicitud de concurso con masa Solicitud, documentación del artículo 7 y personación hasta la declaración. |
650 € |
Plan de pagos: diseño y solicitud Cuadro de capacidad de pago, calendario a tres o cinco años y escrito de solicitud. |
490 € |
Solicitud de exoneración con liquidación Escrito de exoneración del pasivo insatisfecho tras la liquidación de la masa activa. |
390 € |
Oposición de acreedores o de la administración concursal Contestación a la oposición a la exoneración o al plan de pagos, y vista. |
420 € |
Incidentes concursales y recursos Impugnación de inventario o lista, revocación de exoneración y apelación. |
490 € |
Seguimiento del plan de pagos Control anual de cumplimiento, modificación por cambio de circunstancias y exoneración definitiva. |
180 €/año |
Baja en ficheros de morosos tras la exoneración Requerimiento a las entidades y a los ficheros para limpiar el historial del deudor. |
190 € |
Expediente completo, de principio a fin Todas las fases de la ruta elegida, con precio cerrado. Ahorro frente a la suma por servicios. |
desde 1.450 € |