Un divorcio de mutuo acuerdo desde 450 €. Y sin pisar un juzgado enfrentados.
Convenio regulador, custodia, pensión de alimentos, uso de la vivienda y liquidación de gananciales. Te decimos desde el primer día si tu caso puede resolverse por acuerdo y cuánto cuesta cada camino, con presupuesto cerrado por escrito.
10 respuestas antes de dar el paso
01 ¿Cuánto cuesta divorciarse de verdad?
De mutuo acuerdo y sin hijos menores, desde 450 € de honorarios; con hijos menores, desde 650 €. Un contencioso se mueve entre 1.200 y 2.500 € según patrimonio y complejidad, y añade procurador y posibles peritos. La diferencia de coste entre acordar y pleitear no es el doble: suele ser el triple.
Mutuo acuerdo · desde 450 €Contencioso · desde 1.200 €
02 ¿Cuánto tarda?
Por mutuo acuerdo, entre uno y tres meses desde la firma del convenio, según la carga del juzgado. Un contencioso rara vez baja de ocho meses y puede irse más allá del año si hay informe psicosocial o recurso. Se puede pedir el divorcio a partir de los tres meses de matrimonio, sin necesidad de alegar causa.
03 ¿La custodia compartida es lo normal ahora?
- Los tribunales la consideran el régimen deseable siempre que sea compatible con el interés del menor, y se concede con mucha frecuencia. Pesan la implicación previa de cada progenitor, la cercanía de los domicilios, los horarios laborales y la capacidad de comunicación entre vosotros. No se concede si hay violencia acreditada.
04 ¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
Se cruzan los ingresos de ambos progenitores, las necesidades reales del menor y el tiempo de convivencia con cada uno. Los juzgados manejan tablas orientativas del CGPJ, pero son eso: orientativas. Hacemos el cálculo con tus números y te enseñamos la horquilla realista antes de negociar, no una cifra inventada.
05 ¿Con custodia compartida se paga pensión?
Con frecuencia sí. Si existe desequilibrio claro de ingresos, se fija una pensión para que el nivel de vida del menor no cambie según en qué casa esté esa semana. También es habitual abrir una cuenta común para gastos ordinarios y repartir los extraordinarios al 50%. Conviene definir por escrito qué es extraordinario: ahí nacen la mitad de los conflictos posteriores.
06 ¿Quién se queda en la casa?
El uso de la vivienda familiar se atribuye normalmente al progenitor con quien conviven los hijos, y eso no cambia la propiedad. Con custodia compartida hay soluciones distintas: uso alterno, plazo limitado hasta la venta o compensación económica. La hipoteca se sigue pagando según el título, no según quién viva dentro.
07 ¿Hay que liquidar los gananciales en el divorcio?
Son dos cosas distintas: el divorcio disuelve el régimen y la liquidación reparte los bienes. Si podéis, mejor hacerlo todo a la vez, porque una sociedad de gananciales sin liquidar bloquea ventas e hipotecas durante años. La liquidación se presupuesta aparte, desde 500 € según patrimonio.
08 Mi expareja no paga la pensión. ¿Qué puedo hacer?
Presentar demanda de ejecución de sentencia: permite embargar nómina, cuentas y devoluciones de Hacienda por las cantidades impagadas y las que vayan venciendo. El impago reiterado puede además constituir delito de abandono de familia. No dejes que se acumulen meses: cada mes que pasa complica el cobro.
09 ¿Se puede cambiar lo que ya dijo la sentencia?
Sí, mediante modificación de medidas, siempre que haya un cambio sustancial y duradero: pérdida de empleo, subida o bajada relevante de ingresos, traslado de ciudad, nuevas necesidades del menor o cambio de su voluntad al crecer. No sirve un enfado puntual ni una bajada temporal de ingresos.
10 ¿Podemos tener el mismo abogado los dos?
En un divorcio de mutuo acuerdo, sí: un único letrado redacta el convenio y presenta la demanda conjunta, y el coste se reparte. Es la opción más rápida y más barata. Si detectamos conflicto de interés te lo decimos y cada uno debe buscar su propia defensa: preferimos perder un encargo antes que dejar a alguien mal asesorado.
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